La tributación de las bebidas azucaradas en la Región de las Américas

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Presentación

Los impuestos selectivos sobre las bebidas azucaradas representan una política eficaz y basada en la evidencia para prevenir las enfermedades no transmisibles (ENT). Junto con los impuestos selectivos sobre los productos tabacaleros y sobre las bebidas alcohólicas, constituyen una herramienta para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y la Organización Mundial de la Salud los recomienda para modificar los factores de riesgo comportamentales vinculados con la obesidad y las ENT, según se indica en el plan de acción mundial de la OMS. Se ha dicho que los impuestos sobre las bebidas azucaradas representan una ganancia triple para los gobiernos, puesto que: 1) mejoran la salud de la población, 2) generan ingresos y 3) pueden reducir a largo plazo los correspondientes costos de atención de salud y pérdidas de productividad. La tributación de las bebidas azucaradas se ha puesto en marcha en más de 73 países de todo el mundo. En la Región de las Américas, 21 Estados Miembros de la OPS aplican impuestos selectivos a nivel nacional sobre dichas bebidas y siete jurisdicciones de Estados Unidos de América las gravan con impuestos locales. Si bien el número de países que aplican impuestos selectivos nacionales sobre las bebidas azucaradas en la Región es prometedor, la mayoría de esos impuestos se podría ampliar para mejorar su incidencia en el consumo de bebidas azucaradas y en la salud. En esta publicación se presentan algunos conceptos económicos relacionados con la justificación del uso de impuestos sobre las bebidas azucaradas, así como con los costos relacionados con la obesidad; algunas consideraciones clave sobre el diseño de impuestos, incluidos los tipos, bases y tasas correspondientes; una descripción del posible ingreso tributario y su asignación a fines específicos; la evidencia sobre la medida en que se prevé que dichos impuestos incidan en los precios y la demanda de las bebidas gravadas y su sustitución por bebidas no gravadas; y la respuesta a algunas preguntas frecuentes sobre los efectos económicos de la tributación de las bebidas azucaradas.